INFORME DEL PRESIDENTE
FORO MUNDIAL DE POLÍTICA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA UIT
EL COMERCIO DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES
Ginebra, 16-18 de marzo de 1998
PARTE I
1 El Foro Mundial de Política de las Telecomunicaciones de la UIT (FMPT) fue creado por la
Resolución 2 de la Conferencia de Plenipotenciarios de Kyoto con la finalidad de ofrecer un espacio
de diálogo en el que los Estados Miembros y los Miembros de los Sectores de la UIT puedan
reflexionar e intercambiar puntos de vista e información sobre los nuevos aspectos de política y
reglamentación que se plantean en el entorno cambiante de las telecomunicaciones. Los Foros no
formularán conclusiones normativas en materia de reglamentación ni textos de carácter vinculante,
y se limitarán a preparar Informes y, cuando así convenga, formular opiniones que someterán al
examen de los Miembros y de las reuniones competentes de la UIT.
2 Mediante el Acuerdo 475, el Consejo de la UIT de 1997 decidió convocar el
segundo FMPT en Ginebra, del 16 al 18 de marzo de 1998, es decir, inmediatamente antes de la
Conferencia Mundial de Desarrollo de las Telecomunicaciones, con objeto de examinar el tema
"Comercio de servicios de telecomunicaciones", con arreglo al siguiente orden del día:
a) repercusiones generales del Acuerdo sobre comercio de servicios de telecomunicaciones
básicas de la Organización Mundial del Comercio (OMC) para los Miembros de la UIT en
relación con:
– las políticas, la reglamentación y las estructuras reglamentarias de
los Estados Miembros de la UIT en materia de telecomunicaciones;
– las consecuencias del Acuerdo de la OMC para los países en desarrollo, en particular
con respecto a las políticas, la reglamentación y las estrategias financieras
encaminadas a promover el desarrollo de redes y servicios de telecomunicación, y de
sus economías nacionales;
b) medidas para ayudar a los Estados Miembros y a los Miembros de los Sectores a adaptarse
a la evolución del entorno de las telecomunicaciones, en particular, el análisis de la
situación actual (por ejemplo, mediante el estudio de casos prácticos) y la formulación de
posibles acciones en cooperación entre los Estados Miembros y los Miembros de los
Sectores de la UIT para facilitar la adaptación al nuevo entorno;
c) evolución del entorno de las telecomunicaciones internacionales, especialmente el sistema
de contabilidad y liquidación de cuentas, tomando en consideración las actividades de las
Comisiones de Estudio del UIT-T;
el Acuerdo dispone que el Foro elabore "un Informe y, si es posible, Opiniones para su
examen por los Miembros de la UIT y en las reuniones de la UIT pertinentes".
3 El segundo Foro de Política fue celebrado en el Centro Internacional de Conferencias de
Ginebra del 16 al 18 de marzo de 1998. Asistieron al mismo 593 delegados en representación de
119 Estados Miembros (incluidos 31 de los Países Menos Adelantados) y 64 Miembros de los
Sectores. Se eligió Presidente al Sr. Neil McMillan CMG, Director de Política de Comunicaciones
Internacionales en el Departamento de Comercio e Industria del Reino Unido.
4 Se aprobó el proyecto de orden del día propuesto, y se aplicó el Reglamento Interno
aprobado en el primer Foro de Política que tuvo lugar del 21 al 23 de octubre de 1996.
5 El Dr. Pekka Tarjanne, Secretario General de la UIT, presentó su Informe sobre el comercio
de servicios de telecomunicaciones. De conformidad con el Acuerdo 475 del Consejo, dicho
Informe incorporaba las contribuciones recibidas de los Miembros de la UIT y constituía el único
documento del Foro de Política. Se habían distribuido a los Miembros los primeros proyectos del
mismo en septiembre y diciembre de 1997. Además, un Grupo informal de Expertos presidido por
el Sr. Neil McMillan celebró dos reuniones, el 2 de diciembre de 1997 y del 5 al 6 de febrero
de 1998, para revisar el proyecto de Informe y preparar proyectos de Opiniones.
6 Al presentar su Informe, el Secretario General destacó los puntos siguientes, que se
desprendían de las contribuciones de los Miembros:
a) el mundo de las telecomunicaciones ha cambiado fundamentalmente por efecto del Acuerdo
de la OMC sobre las telecomunicaciones básicas y del Acuerdo General sobre el Comercio
de Servicios (AGCS) que le precediera. La industria de las telecomunicaciones actúa ahora,
en todos los aspectos prácticos, en virtud de un régimen comercial;
b) el Acuerdo sobre las telecomunicaciones básicas afectará a todos los Estados Miembros y
Miembros de los Sectores de la UIT porque los 72 países que han efectuado compromisos
colectivamente representan más del 93% de los ingresos globales de las
telecomunicaciones;
c) en la transición hacia un entorno orientado al mercado es importante que todos los países
que lo deseen puedan beneficiarse plenamente de las nuevas oportunidades que creará un
mercado mundial de las telecomunicaciones liberalizado y dinámico;
d) muchos países en desarrollo dependen actualmente de los pagos de liquidación netos que
reciben dentro del marco del sistema de tasas de distribución y que constituyen una parte de
sus ingresos en el ámbito de las telecomunicaciones, y por consiguiente les preocupa que el
paso a tasas de liquidación orientadas a los costes reduzca dichos pagos. Se pone de relieve
la necesidad de alcanzar un consenso multilateral en lo tocante a la reforma de las tasas de
distribución.
El Secretario General invitó al Foro de Política a aprobar Opiniones, de ser posible, sobre:
– las implicaciones del Acuerdo de la OMC sobre los servicios de telecomunicaciones básicas
para los Miembros de la UIT;
– las implicaciones del Acuerdo de la OMC para los países en desarrollo, y la actuación
cooperativa entre los Estados Miembros y los Miembros de los Sectores de la UIT para
facilitar la adaptación al nuevo entorno de las telecomunicaciones;
– la evolución del entorno de las telecomunicaciones internacionales, especialmente el
sistema de distribución y liquidación.
7 Además de la presentación del Informe del Secretario General, el Foro de Política escuchó
las alocuciones sobre los aspectos indicados en el Acuerdo 475 del Consejo pronunciadas por
el Sr. Renato Ruggiero, Director General de la Organización Mundial del Comercio, el
Sr. Theodore Irmer, Director de la Oficina de Normalización de las Telecomunicaciones de la UIT,
y el Sr. Ahmed Laouyane, Director de la Oficina de Desarrollo de las Telecomunicaciones de
la UIT, así como un discurso del propio Dr. Tarjanne.
8 Tras estas presentaciones inaugurales, el Foro de Política entabló un debate general acerca
del Informe del Secretario General sobre el comercio de servicios de telecomunicaciones. Aunque
este Informe era el único documento de trabajo del Foro, los participantes recibieron también los
resultados de nueve estudios de casos referentes a la evolución del entorno internacional de las
telecomunicaciones en Bahamas, Colombia, India, Lesotho, Mauritania, Samoa, Senegal, Sri Lanka
y Uganda, estudios que habían sido encargados especialmente para el Foro de conformidad con el
Acuerdo 475 del Consejo.
9 Durante la reunión se hicieron varios anuncios importantes:
• El Sr. Ahmed Laouyane, Director de la BDT, anunció que, sujeto a la aprobación de la
Conferencia Mundial de Desarrollo de las Telecomunicaciones (CMDT) en La Valetta, la
BDT reservaría CHF 1 millón para ayudar a financiar las labores de seguimiento del Foro
de Política, en particular las actividades destacadas en las Opiniones B y C.
• El Sr. Carlos Braga, Director del programa InfoDev del Banco Mundial, anunció que se
había reservado la suma de 250 000 dólares para ayudar en las labores de seguimiento del
Foro de Política, en particular en la organización de seminarios regionales. Un anuncio
ulterior se haría en La Valetta.
• El Sr. Yoshio Utsumi, Viceministro de Correos y Telecomunicaciones de Japón, anunció
que su país daría una contribución voluntaria de alrededor de 100 000 francos suizos para
acelerar las labores de la Comisión de Estudio 3 del UIT-T.
• El Sr. Alain Servantie, Jefe del Departamento de Aspectos Internacionales de las
Telecomunicaciones en la Comisión Europea, informó que ésta había iniciado
recientemente cuatro estudios de casos adicionales, referentes a Indonesia, Líbano, Ucrania
y Zimbabwe. Se espera concluirlos a tiempo para la reunión que celebrará la Comisión de
Estudio 3 del UIT-T en junio de 1998.
10 El Foro de Política examinó seguidamente los proyectos de Opiniones presentados en el
Informe del Secretario General y los aprobó con algunas modificaciones, conforme aparece en la
Parte II del presente Informe.
PARTE II
OPINIÓN A - Repercusiones del AGCS con relación a los servicios de telecomunicaciones
básicas para los Miembros de la UIT
El segundo Foro Mundial sobre Política de las Telecomunicaciones (Ginebra, 1998),
consciente
a) de que todos los Estados Miembros tienen el derecho soberano de reglamentar su sector de
telecomunicaciones, de conformidad con la Constitución y el Convenio de la UIT, así como de
establecer calendarios para adaptarse a la liberalización de los mercados;
b) de que, además, los Estados Miembros de la UIT que son también miembros de la
Organización Mundial del Comercio (OMC) quedan obligados en virtud del Acuerdo General del
Comercio de Servicios (AGCS) a aplicar el principio general del trato de la nación más favorecida a
los servicios y proveedores de servicios de los demás miembros de la OMC salvo las excepciones
concretas especificadas;
c) que los miembros de la OMC que hayan contraído compromisos con arreglo al Acuerdo
sobre Telecomunicaciones Básicas y que hayan asumido íntegra o parcialmente los compromisos
adicionales contenidos en el documento de referencia de la OMC, han aceptado obligaciones
sustanciales para liberar sus sectores de telecomunicaciones y establecer un marco reglamentario
predecible, lo que incluye las actuaciones de un organismo reglamentador independiente,
reconociendo
a) que disponer de redes de telecomunicaciones eficaces y servicios de bajo coste y elevada
calidad es vital para el funcionamiento y desarrollo de las economías modernas, fundamental para
las empresas y la buena marcha del Estado, y un factor de esencial importancia en el incipiente
mundo del comercio electrónico;
b) que el establecimiento de un sector de telecomunicaciones adaptado a su entorno en un
contexto reglamentario transparente y previsible puede generar servicios nuevos y mejorados y
precios más bajos para los consumidores, así como acrecentar las inversiones, tanto nacionales
como extranjeras, en este sector, y debería mejorar el clima económico general para los proveedores
de servicios de telecomunicaciones y las empresas que utilizan tales servicios;
c) que las disposiciones del AGCS con respecto a las telecomunicaciones básicas afectarán a
todos los Estados Miembros y Miembros de los Sectores de la UIT, sea directamente mediante su
participación en el Acuerdo, o indirectamente a través de sus relaciones comerciales con los
operadores de los países que ya han formulado compromisos de conformidad con el Acuerdo;
d) que para abordar el desafío de colmar el desnivel de desarrollo y pasar del marco tradicional
a las nuevas estructuras, deben tenerse en cuenta los diferentes contextos nacionales,
recomienda a los Estados Miembros de la UIT
a considerar, cuando corresponda, si dar aplicación a los principios de la OMC, especialmente a los
contenidos en el Documento de referencia (adjunto a título informativo), sea en un marco nacional o
contrayendo compromisos en el de la OMC, podría tener repercusiones beneficiosas para sus
economías,
invita al Secretario General de la UIT
1 a acelerar la adopción de las medidas solicitadas en la Resolución 1 de Kyoto y, a dicho
efecto, respetando la independencia de acción de los Miembros de la UIT a cooperar con la
Secretaría de la OMC para identificar esferas de interés mutuo, haciéndose particular hincapié en los
asuntos reglamentarios, los estudios técnicos y las cuestiones de desarrollo, que puedan promover
los objetivos de ambas organizaciones y a utilizar y destacar los conocimientos técnicos de los
Sectores de la Unión;
2 a informar a la próxima reunión del Consejo sobre los progresos efectuados sobre el
particular;
3 a preparar, en cooperación con la Secretaría de la OMC, un proyecto de acuerdo de
cooperación para su examen por el Consejo y la Conferencia de Plenipotenciarios de 1998;
4 a tomar medidas, cuando corresponda, en cooperación con otras organizaciones
internacionales para facilitar el diálogo oficioso entre las instancias decisorias y las entidades
reglamentadoras con el fin de fomentar la adaptación al entorno cambiante,
invita al Consejo de la UIT
a invitar a la OMC a tomar en consideración la urgencia concedida a la conclusión de un acuerdo de
cooperación entre la OMC y la UIT en esferas de interés común.
Apéndice: Documento de referencia de la OMC.
APÉNDICE
Documento de Referencia de la OMC sobre telecomunicaciones básicas1
Alcance
A continuación figuran definiciones y principios relativos al marco reglamentario de los servicios de
telecomunicaciones básicas.
Definiciones
Por usuarios se entiende los consumidores de servicios y los proveedores de servicios.
Por instalaciones esenciales se entiende toda instalación de una red o servicio públicos de
transporte de telecomunicaciones que:
a) sea suministrada exclusivamente o de manera predominante por un solo proveedor o
por un número limitado de proveedores; y
b) cuya sustitución con miras al suministro de un servicio no sea factible en lo económico
o en lo técnico.
Un proveedor importante es un proveedor que tenga la capacidad de afectar de manera importante
las condiciones de participación (desde el punto de vista de los precios y del suministro) en un
mercado dado de servicios de telecomunicaciones básicas como resultado de:
a) el control de las instalaciones esenciales; o
b) la utilización de su posición en el mercado.
1 Salvaguardias de la competencia
1.1 Prevención de las prácticas anticompetitivas en la esfera de las telecomunicaciones
Se mantendrán medidas adecuadas con el fin de impedir que aquellos proveedores que, individual o
conjuntamente, sean un proveedor importante empleen o sigan empleando prácticas
anticompetitivas.
1.2 Salvaguardias
Las prácticas anticompetitivas a las que se hace referencia supra incluirán, en particular, las
siguientes:
a) realizar actividades anticompetitivas de subvención cruzada;
b) utilizar información obtenida de competidores con resultados anticompetitivos; y
c) no poner oportunamente a disposición de los demás proveedores de servicios la
información técnica sobre las instalaciones esenciales y la información comercialmente
pertinente que éstos necesiten para suministrar servicios.
____________________
1 Si desea obtener más información acerca del Acuerdo sobre telecomunicaciones básicas de
la OMC, sírvase consultar el sitio de la OMC en la Web en la dirección: http://www.wto.org.
2 Interconexión
2.1 Este artículo se refiere al enlace con los proveedores que suministran redes o servicios
públicos de transporte de telecomunicaciones, con objeto de que los usuarios de un proveedor
puedan comunicarse con los usuarios de otro proveedor y tener acceso a los servicios suministrados
por otro proveedor, respecto de los que se contraigan compromisos específicos.
2.2 Interconexión que se ha de asegurar
La interconexión con un proveedor importante quedará asegurada en cualquier punto técnicamente
viable de la red. Esta interconexión se facilitará:
a) en términos y condiciones (incluidas las normas y especificaciones técnicas) y con
tarifas que no sean discriminatorias, y será de una calidad no menos favorable que la
facilitada para sus propios servicios similares o para servicios similares de proveedores
de servicios no afiliados o para sus filiales u otras sociedades afiliadas;
b) en una forma oportuna, en términos y condiciones (incluidas las normas y
especificaciones técnicas) y con tarifas basadas en el costo que sean transparentes y
razonables, tengan en cuenta la viabilidad económica, y estén suficientemente
desagregados para que el proveedor no deba pagar por componentes o instalaciones de
la red que no necesite para el suministro del servicio; y
c) previa solicitud, en puntos adicionales a los puntos de terminación de la red ofrecidos a
la mayoría de los usuarios, a un precio que refleje el costo de construcción de las
instalaciones adicionales necesarias.
2.3 Disponibilidad pública de los procedimientos de negociación de interconexiones
Se pondrán a disposición del público los procedimientos aplicables a la interconexión con un
proveedor importante.
2.4 Transparencia de los acuerdos de interconexión
Se garantiza que todo proveedor importante pondrá a disposición del público sus acuerdos de
interconexión o una oferta de interconexión de referencia.
2.5 Interconexión: solución de diferencias
Todo proveedor de servicios que solicite la interconexión con un proveedor importante podrá
presentar recurso:
a) en cualquier momento, o
b) después de un plazo razonable que se haya dado a conocer públicamente ante un órgano
nacional independiente, que podrá ser el órgano de reglamentación al que se hace
referencia en el párrafo 5 infra, para resolver dentro de un plazo razonable las
diferencias con respecto a los términos, condiciones y tarifas apropiados de
interconexión, siempre que éstos no hayan sido establecidos previamente.
3 Servicio universal
Todo Miembro tiene derecho a definir el tipo de obligación de servicio universal que desee
mantener. No se considerará que las obligaciones de esa naturaleza son anticompetitivas per se, a
condición de que sean administradas de manera transparente y no discriminatoria y con neutralidad
en la competencia y no sean más gravosas de lo necesario para el tipo de servicio universal definido
por el Miembro.
4 Disponibilidad pública de los criterios de concesión de licencias
Cuando se exija una licencia, se pondrán a disposición del público:
a) todos los criterios de concesión de licencias y los plazos normalmente requeridos para
tomar una decisión relativa a una solicitud de licencia; y
b) los términos y condiciones de las licencias individuales.
A solicitud del interesado le serán comunicadas las razones de la denegación de la licencia.
5 Independencia de la entidad de reglamentación
El órgano de reglamentación será independiente de todo proveedor de servicios de
telecomunicaciones básicas, y no responderá ante él. Las decisiones del órgano de reglamentación y
los procedimientos aplicados serán imparciales con respecto a todos los participantes en el mercado.
6 Asignación y utilización de recursos escasos
Todo procedimiento para la asignación y utilización de recursos escasos, como las frecuencias, los
números y los derechos de paso, se llevará a la práctica de manera objetiva, oportuna, transparente y
no discriminatoria. Se pondrá a disposición del público el estado actual de las bandas de frecuencia
asignadas, pero no es preciso identificar detalladamente las frecuencias asignadas a usos oficiales
específicos.
OPINIÓN B - Repercusiones del AGCS en relación con las telecomunicaciones básicas para
los países en desarrollo y medidas de cooperación entre los Estados Miembros y los Miembros
de los Sectores de la UIT encaminadas a facilitar la adaptación al nuevo entorno de
telecomunicaciones
El segundo Foro Mundial sobre Política de las Telecomunicaciones (Ginebra, 1998),
considerando
a) la misión adjudicada a la Unión por su Constitución (Ginebra, 1992), en particular por los
números 3, 4, 9 y 16 del artículo 1;
b) que el Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales y varias Recomendaciones de
la UIT constituyen un marco, convenido por los Estados Miembros de la Unión, para reglamentar
las tarifas y la contabilidad de las telecomunicaciones internacionales;
c) que el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) y la exitosa conclusión en
febrero de 1997 del Acuerdo señero entre los 69 países miembros de la OMC para liberalizar
progresivamente sus mercados de telecomunicaciones básicas confieren una nueva categoría
jurídica a los servicios de telecomunicaciones, que muchos consideran actualmente como una
mercancía sujeta a comercio, pese a que las telecomunicaciones siguen siendo un medio de
suministro de otros útiles servicios;
d) que gran número de países en desarrollo, que tienen derecho en virtud del AGCS a buscar
una flexibilidad adecuada cuando aceptan compromisos de acceso a los mercados, se han adherido a
dicho Acuerdo y que los efectos del mismo se harán sentir ampliamente en todos los países que han
contraído compromisos de acceso para liberalizar progresivamente sus mercados básicos de
telecomunicaciones, así como en los países con los que éstos mantienen relaciones comerciales;
e) que la aplicación de las disposiciones del AGCS con respecto a las telecomunicaciones
básicas fue aceptada en un momento en que el sector de telecomunicaciones experimentaba grandes
cambios reglamentarios, técnicos, comerciales y financieros;
f) que los operadores de los países desarrollados y en desarrollo se benefician con la
expansión y la mejora de la calidad de funcionamiento de las redes de los países en desarrollo,
reconociendo
a) que muchos países han liberalizado sus mercados de comunicaciones y que el tráfico se
encamina en la actualidad cada vez en mayor medida al margen de los acuerdos de liquidación
tradicionales;
b) que se puede prever que la liberalización del mercado mundial de telecomunicaciones dé
lugar a reducir las tasas de liquidación y a reformar el sistema de liquidación internacional;
c) que la implantación de nuevos concurrentes puede atraer nuevos recursos de inversión,
especialmente en los países en desarrollo, a reserva de posibles limitaciones económicas en esos
mercados, y que, a mediano plazo, la competencia sostenible puede reducir las tarifas y hacer más
accesibles y menos onerosos los servicios de telecomunicaciones;
d) que los aspectos de la reglamentación de telecomunicaciones difieren de un país a otro y
que para introducir cambios en dicha reglamentación habrá que tomar en consideración los
compromisos adquiridos por los diferentes países con arreglo al AGCS;
e) que la participación del sector privado en el capital social de los operadores de varios países
en desarrollo ha venido a menudo acompañada en el pasado de la concesión de plazos de
exclusividad;
f) que muchas administraciones, particularmente de los países en desarrollo, dependen
actualmente de los ingresos dimanantes de los pagos netos de liquidación, los cuales representan
una proporción apreciable de sus ingresos totales, con el fin de apoyar el desarrollo de sus
infraestructuras y atender a las metas del servicio universal, y que un súbito recorte de tales recursos
podría obstaculizar la inversión, en ausencia de fuentes alternativas de financiación,
observando
que los estudios de casos relativos a nueve países considerados indican que los costes y las tasas de
terminación difieren según los países,
consciente
a) de que estos hechos que se han registrado en el mercado mundial de telecomunicaciones
provocarán cambios en al política encaminada a la reglamentación sobre telecomunicaciones en los
países en desarrollo y que un nuevo enfoque comercial con respecto a las estrategias financieras, de
política y de reglamentación serviría para facilitar la transición de estos países de la situación actual
al nuevo entorno en que sus economías habrán de funcionar;
b) de que las tasas de liquidación entre mercados liberalizados y no liberalizados tenderán
cada vez más a venir dictadas por los mercados abiertos realmente a la competencia y de que se
deben buscar fuentes de financiación que complementen los ingresos de liquidación para el
desarrollo de la infraestructura y el acceso universal;
c) de que la UIT, en particular el UIT-D, están en condiciones ideales para asistir a los países
en desarrollo a afrontar dicha transición,
invita a los Estados Miembros y a los Miembros de los Sectores de la UIT, incluidos los de
los países en desarrollo
1 de conformidad con su situación nacional y con los objetivos de desarrollo nacionales, a
seguir adoptando medidas adecuadas para facilitar la transición al nuevo entorno de las
telecomunicaciones, considerando la posibilidad de liberalizar progresivamente sus mercados de
telecomunicaciones y alentando la inversión privada mediante la definición, por ejemplo, de
políticas eficaces que resulten transparentes, no discriminatorias y neutrales desde del punto de vista
de la competencia, para financiar las obligaciones del servicio universal;
2 a compartir las experiencias que han adquirido al adaptar sus políticas nacionales, lo que
incluye la aplicación del AGCS con respecto a los servicios de telecomunicaciones básicas y de los
principios del documento de referencia, así como los métodos encaminados a garantizar que
cualquier nueva inversión, nacional o extranjera, sea de mutuo beneficio para los inversores, la
economía nacional y los consumidores;
3 a promover la cooperación, especialmente durante el periodo de transición, para ayudar a
los países en desarrollo a ajustarse al nuevo comercio de servicios de telecomunicaciones, aplicando
gradualmente políticas tarifarias que reduzcan la dependencia con respecto a los ingresos
procedentes de las tasas contables;
4 a atenuar los efectos de la reforma de las tasas de liquidación sobre los países en desarrollo,
y en particular sobre los países menos adelantados, entre otras cosas alentando la competencia en el
ámbito del tráfico de tránsito y mediante una reducción sustancial de las tasas de tránsito para
reflejar la importante disminución de las tasas contables;
5 a aplicar a las tasas de tránsito los principios de transparencia, no discriminación y
orientación al coste en todas las situaciones en las que el suministrador del servicio de tránsito goce
de una posición dominante;
6 a utilizar las oportunidades que se ofrecen para introducir la flexibilidad en el
establecimiento de compromisos con arreglo al AGCS, puesto que éstas guardan relación con las
condiciones para aumentar la participación de los países en desarrollo,
invita además a los Estados Miembros de la UIT y a los Miembros de sus Sectores,
especialmente los de los países desarrollados
1 a facilitar la transferencia de tecnología y de conocimientos en materia de fabricación a los
países en desarrollo en virtud de acuerdos de asociación;
2 a promover la cooperación entre los operadores de telecomunicaciones nacionales,
regionales y mundiales y los suministradores de servicios dentro del marco de una relación
mutuamente beneficiosa;
3 a procurar que el crecimiento de las telecomunicaciones no se vea obstaculizado en los
países que probablemente se verán muy afectados por los cambios, y a tomar en consideración las
dificultades que podrían encontrar los países en desarrollo para reducir o eliminar los efectos de
dichos cambios en la mayor medida posible;
4 a atenuar los efectos de la reforma de las tasas de liquidación sobre los países en desarrollo,
y en particular sobre los países menos adelantados, entre otras cosas alentando la competencia en el
ámbito del tráfico de tránsito y mediante una reducción sustancial de las tasas de tránsito para
reflejar la importante disminución de las tasas de distribución;
5 a aplicar a las tasas de tránsito los principios de transparencia, no discriminación y
orientación al coste en todas las situaciones en las que el suministrador del servicio de tránsito goce
de una posición dominante;
6 a alentar a los operadores de telecomunicaciones y suministradores de servicios que no son
Miembros de los Sectores a aplicar lo que precede;
7 a apoyar el desarrollo de Centros de Excelencia de conformidad con la Resolución 1111 del
Consejo,
invita al Consejo de la UIT y al Secretario General
a tener en cuenta las preocupaciones de los países en desarrollo y el impacto general de las
disposiciones del AGCS en relación con las telecomunicaciones básicas al preparar el Plan
Estratégico de la UIT,
invita al Director de la BDT, en cooperación con el Secretario General de la UIT y con los
otros Sectores de la Unión
1 a proseguir y ampliar los programas y seminarios de información que aclaren el impacto de
las disposiciones del AGCS con respecto a los servicios de telecomunicaciones básicas para los
países en desarrollo, y proporcionar a éstos orientación práctica con miras a la eventual apertura de
sus mercados a la competencia;
2 a promover el desarrollo y la reforma de las telecomunicaciones facilitando aún más el
acopio y difusión eficaces de datos, procedentes de todas las fuentes, sobre una amplia serie de
temas; sería útil incluir datos en relación con los niveles y tendencias de los pagos efectuados en
concepto de entrega de tráfico internacional, tanto terminal como en tránsito, así como sobre los
aspectos de la reestructuración de las tarifas, la interconexión, la telefonía rural, y las obligaciones
del servicio universal, y la creación de bases de datos y páginas en la Web a dicho efecto;
3 a fomentar y facilitar las relaciones de asociación para el desarrollo y la capacitación de
recursos humanos y a preparar, tanto a nivel regional como mundial, seminarios de información y
planes de asistencia con respecto a la aplicación de los principios identificados en las
recomendaciones pertinentes del UIT-D -especialmente en lo que respecta a la transparencia, la
inversión, el suministro del servicio universal y el acceso al mismo, la creación de un régimen
equitativo de competencia, la promoción de una cultura de innovación, el desarrollo de las redes, y
el funcionamiento de un órgano reglamentador independiente- así como Opiniones del Foro de
Política; y a recurrir, entre otras cosas, a los Centros de Excelencia y a otros centros de desarrollo de
recursos humanos;
4 a hacer todo lo posible para facilitar la transición a un régimen de comercio de
telecomunicaciones plenamente abierto a la competencia y concluir y/o validar modelos de costes
que puedan utilizarse para asistir al proceso de transición;
5 a preparar un programa de seminarios regionales, de ser necesario en colaboración con
entidades regionales, para ayudar a los Estados Miembros en el funcionamiento de órganos
reglamentadores independientes de los operadores de telecomunicaciones;
6 a seguir utilizando estudios de caso, como los efectuados en relación con el presente Foro,
en el marco de nuevos estudios detallados, entre otras cosas, sobre elasticidad, y elaborar una serie
de modelos para dar aplicación paulatina a tarifas orientadas a los costes;
7 a proporcionar asistencia a los países en desarrollo que deseen introducir un sistema de
contabilidad analítica y de tarifas orientadas a los costes;
8 a ayudar a los países que más lo requieran en este periodo de transición:
• facilitando aún mas las relaciones con el Banco Mundial y otros organismos de desarrollo
internacionales y regionales (organizaciones internacionales, organizaciones no
gubernamentales y el sector privado) con el fin de dar asistencia técnica y financiera a los
países en desarrollo durante un periodo de transición especificado;
• promoviendo el intercambio de información sobre los métodos de privatización de
operadores nacionales, la propiedad privada, la inversión y la creación de un entorno
reglamentario multioperadores abierto a la competencia con miras a facilitar el acceso a los
mercados de capital privado;
9 a seguir desempeñando una función capital en la ayuda a los países en desarrollo para la
aplicación de las disposiciones del AGCS con respecto a las telecomunicaciones básicas y para el
proceso de obtención de datos, análisis y solución, teniendo en cuenta el propósito que anima a los
países en desarrollo en su esfuerzo por contribuir constructivamente a la transición,
invita a la Conferencia Mundial de Desarrollo de las Telecomunicaciones
(La Valetta, 1998) y a la Conferencia de Plenipotenciarios (Minneápolis, 1998)
a velar por que las medidas antes mencionadas se tengan en cuenta y se incorporen en los programas
de trabajo de la UIT.
OPINIÓN C - Evolución del entorno de las telecomunicaciones internacionales, en particular,
el sistema de tasas de distribución y de liquidación
El segundo Foro Mundial sobre Política de las Telecomunicaciones (Ginebra, 1998),
considerando
a) los términos y el espíritu del Reglamento de las Telecomunicaciones Internacionales
(Melbourne, 1988);
b) que en la Recomendación D.140 del UIT-T se pide el establecimiento de tasas para la
liquidación de cuentas que estén orientadas a los costes y se apliquen de forma no discriminatoria,
reconociendo
a) que, tras la aplicación delos compromisos en materia de telecomunicaciones básicas
adoptados en el marco del AGCS, tres cuartas partes del tráfico internacional saliente en el mundo
se encaminan actualmente en condiciones de competencia, pero que muchos países todavía no han
adoptado esos compromisos;
b) que, dado el ritmo poco uniforme de la liberalización de los mercados, es probable que
aumente a corto plazo el número de relaciones asimétricas entre mercados abiertos a la
competencia, parcialmente abiertos a la competencia y no abiertos a la competencia;
c) que, habida cuenta de la competencia más intensa en el mercado mundial de
telecomunicaciones, coexistirán varios métodos para liquidar el tráfico internacional;
d) que estas circunstancias hacen más urgente aún que la Comisión de Estudio 3 del UIT-T
trabaje para reformar el sistema de contabilidad y liquidación internacional;
e) que el nivel del desarrollo de las telecomunicaciones y las estructuras de los costes son
diferentes en cada país;
f) que la Comisión de Estudio 3 del UIT-T ha propuesto acuerdos de transición como medida
inicial para establecer tasas orientadas a los costes (en forma de un nuevo anexo propuesto a la
Recomendación D.140) y se encuentra considerando también la posibilidad de ampliar la gama de
opciones de remuneración incluidas en la Recomendación D.150,
observando
a) que en algunos países donde se ha introducido la competencia las tasas para terminar el
tráfico internacional se han reducido ya a 0,05 DEG por minuto;
b) que los nueve estudios de caso efectuados para este Foro dan una indicación de los costes
de terminación de las llamadas internacionales y ponen de manifiesto que se precisan análisis y
verificaciones adicionales,
consciente
a) que muchos países en desarrollo temen que un súbito recorte de sus tasas de liquidación
suponga igualmente una disminución de sus pagos de liquidación y, en consecuencia, ponga en
peligro o reduzca sus capacidades para atender los objetivos de desarrollo de sus redes y las
obligaciones del servicio universal y que para reducir estas consecuencias negativas, la Comisión de
Estudio 3 del UIT-T ha recomendado el establecimiento de acuerdos de transición basándose en las
circunstancias especiales de los países;
b) que un sistema de tasas contables orientadas a los costes puede ser asimétrico; es decir con
unos costes para las llamadas de terminación más elevados en unos países que en otros,
invita a los Estados Miembros y a los Miembros de los Sectores de la UIT
1 a apoyar los trabajos de la Comisión de Estudio 3 del UIT-T en lo que respecta a la
elaboración de acuerdos de transición como paso inicial hacia el establecimiento de tasas orientadas
a los costes;
2 a introducir mecanismos de contabilidad de costes en la explotación de sus redes para
permitirles calcular los costes reales que supone la prestación de los servicios de
telecomunicaciones;
3 a trabajar de forma bilateral, o de forma multilateral a través de la UIT, para lograr un
sistema de tasas contables orientadas a los costes de acuerdo con la Recomendación UIT-T D.150,
así como con la Recomendación UIT-T D.140, observando que esta última Recomendación está
sujeta a diversas propuestas que solicitan su ampliación; a facilitar el logro de este objetivo dentro
de un marco acordado de forma multilateral teniendo en cuenta las necesidades específicas de los
países en desarrollo y, en particular, de los países menos adelantados;
4 a reconocer que un número cada vez mayor de países evolucionará en un entorno
multioperadores y, pese a las políticas nacionales de liberación de los Estados Miembros de la UIT,
a garantizar que los acuerdos de intercambio de tráfico internacional con los suministradores más
importantes pueden ampliarse a los nuevos concurrentes de estos países, de conformidad con los
principios y orientación a los costes y no discriminación que se definen en la
Recomendación UIT-T D.140;
5 a apoyar los resultados de los estudios de los casos de un país tras la validación
correspondiente,
invita al Director de la TSB, en consulta con el Presidente de la Comisión de Estudio 3
a establecer un Grupo Temático (CMNT-96, Resolución 23) bajo la responsabilidad de la Comisión
de Estudio 3 del UIT-T con el siguiente mandato:
a) Miembros
El Grupo Temático estará abierto a todos los participantes en las actividades de la Comisión
de Estudio 3, incluidos los Presidentes y Miembros de los Grupos Regionales de
Tarificación, y a todos los miembros interesados de la UIT.
b) Métodos de trabajo
El Grupo Temático debe, cuando proceda, seguir los métodos de trabajo y procedimientos
para los Grupos Temáticos adoptados por el GANT (GANT 1997, Informe R2).
Reconociendo en primer lugar la urgencia y en segundo lugar la ya existente demanda de
expertos en el campo de la contabilidad internacional, el Grupo Temático debe, en la
medida de lo posible, trabajar por medios electrónicos y organizando reuniones plenarias
que permitan una óptima participación. Debe hacerse todo lo necesario para que las
reuniones plenarias del Grupo cuenten con interpretación simultánea. La TSB debe
establecer un sistema de comunicación por correo electrónico para su utilización por el
Grupo. Las contribuciones también podrán hacerse directamente por correspondencia al
Presidente del Grupo.
Los progresos y resultados de los trabajos del Grupo Temático deben estar disponibles en la
dirección Web apropiada. Cuando los recursos estén destinados a la recopilación de
información sobre costes en una región de tarificación determinada, y si el Grupo de
Tarificación de esa región se encuentra en proceso de reunir dicha información, estos
recursos serán utilizados para apoyar las acciones del Grupo de Tarificación.
c) Calendario
El Grupo Temático debe establecerse y comenzar sus trabajos inmediatamente.
Se recomienda presentar el Informe Final al Director de la TSB antes del 6 de noviembre
de 1998, remitiendo un Informe provisional a la reunión de la Comisión de Estudio 3 de
junio de 1998 donde se aprobará la constitución del Grupo Temático. Además, el Informe
Final se presentará para su consideración como una contribución normal a la reunión que
celebrará la Comisión de Estudio 3 en diciembre de 1998.
d) Objetivos y actividades
Teniendo en cuenta que en muchos Estados Miembros de la Unión no existe la
infraestructura necesaria que permite determinar la orientación de los costes y en espera de
que se elaboren las metodologías necesarias para determinar la orientación a los costes de
las tasas de liquidación (o equivalentes), el objetivo del Grupo Temático será facilitar el
avance de los trabajos de la Comisión de Estudio 3 en sus reuniones de junio y diciembre
mediante un programa de trabajo llevado a cabo preferentemente en tres etapas:
i) Los nueve estudios de casos presentados al segundo Foro Mundial sobre Política de las
Telecomunicaciones, junto con cualquier otro estudio de caso subsiguiente.
ii) Análisis realizados sobre tendencias del mercado y estudios estadísticos/datos
disponibles, incluyendo los resultados de los Grupos Regionales de Tarificación y
elementos de coste, el Informe del Séptimo Coloquio sobre Reglamentación, el
calendario de reducciones presentado en respuesta al Cuestionario de la UIT y otros
Informes pertinentes.
iii) El desarrollo de propuestas para encontrar soluciones con respecto a los mecanismos de
transición hacia la orientación a los costes más allá de 1998, incluyendo unas gamas
indicativas de tasas objetivo, teniendo en cuenta i) y ii).
El Grupo Temático debe tener también en cuenta el programa de trabajo, el Informe y las opiniones
del segundo Foro Mundial sobre Política de las Telecomunicaciones,
invita al Director de la BDT
1 a responder positivamente a las peticiones de los países en desarrollo solicitando asistencia
en la elaboración de sistemas de contabilidad de costes para los servicios de telecomunicaciones;
2 a apoyar las actividades del Grupo Temático, en particular:
• facilitando la participación de representantes de los países en desarrollo, especialmente de
los países menos adelantados, proporcionando becas y equipos que permitan trabajar por
medios electrónicos;
• distribuyendo los resultados de todos los estudios y datos relativos a las actividades del
Grupo Temático,
invita al Consejo de la UIT
a que, reconociendo la urgencia de este asunto, aporte los recursos necesarios a todos los Sectores
de la Unión para que el Grupo pueda reunirse y elabore a tiempo su Informe al Director de la TSB y
a la Comisión de Estudio 3 del UIT-T.